
La Ley permite a una empresa privada, en forma individual o en consorcio, financiar y ejecutar proyectos públicos elegidos por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para luego, con cargo a su impuesto a la renta de 3era categoría, recuperar el monto total de la inversión. A su vez, los Gobiernos Regionales y Gobierno Locales pagan el financiamiento sin intereses a cuenta de sus recursos de canon, sobrecanon, regalías, rentas de aduana y participaciones, hasta diez años después de culminada la obra.
Se busca desarrollar la capacidad productiva de la zona a través de intervenciones para la mejorar la infraestructura económica productiva como red vial, electrificación y mejoramiento del recurso hídrico.